¿Qué es un iurisconsulto?

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Iurisconsulto,en la antigua Roma, persona docta en Leyes cuya misión era la del asesoramiento a los ciudadados romanos que requerían de sapiencia jurídica, pues bien, que esa filosofía de servicio público prime en este "foro"

jueves, 20 de noviembre de 2008

NOCHE DE COPAS+JÓVENES=MULTA DEL AYUNTAMIENTO

En ocasiones, más de una por desgracia, lo que empieza siendo una noche de asueto con los amigos más cercanos (y alejados también), plena de efluvios etílicos, hígados destilando alcohol y desinihibiciones múltiples del libre albedrío, se ven "entorpecidas" por los enemigos naturales de las bacanales ciudadrrealeñas: LOS POLICIAS LOCALES. Sí amigos/as, estos señores, transmutados en farmaceuticos que, sin saber cómo ni porqué, se presentan allá donde estés con la "receta" en la mano. A continuación os enumero las conductas dignas de multa que más cometemos, la sancion que acarrean, su regulación y los enlaces donde encontrar esas grandes desconocidas de la normativa local; las Ordenanzas:

1º Es jueves, invito a tomar unas copitas a mis amigos en mi humilde morada, pongo música, distraigo el volumen y mi vecino de arriba, que no atiende a razones, llama a la Policia Local que se percata rápidamente del desenfreno, ¿Qué puese ocurrir? Pues tan sencillo como que si los "hombres de Rosa"comprueban que el sonido trasciende de tu inmueble y perturba a los vecinos colindantes, según la Ordenanza Municipal sobre Protección del Medio Ambiente contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones de fecha 30 de mayo de 2.002 (http://www.dipucr.es/cgi-bin/mainbin/index.pl?action=caltopic&zona=&seccion=&dia=28&mes=08&ano=2002&imprimir , páginas de 10 a 20)
la sanción a imponerte por semejante destrozo acústico vecinal, asciende hasta 300 €

(Generalmente se impone la sanción de 150€)

2º Me acabo de tunear el coche, mi equipo de música es digno de la mejor discoteca de Ibiza, presumo de ello por la calle Hidalgos, Mata, Torreón y si nos ponemos hasta por la Puerta de Toledo.

Pues la anterior Ordenanza establece exactamente la misma sanción.
(Generalmente se impone la sanción de 120 €)

3º COÑO, QUE ME MEO!!! Pues trata de ir a un baño público porque si tu micción se produce en la vía pública, según La ordenanza de Limpieza (http://www.ciudadreal.es/documentos/Ordenanzas/Medio Ambiente/LIMPIEZA.pdf), en su artículo 17g, se considera que tal desahogo físico va en contra del decoro, y la multa asciende hasta 90 €

(Generalmente se impone la sanción de 60 €)

4º Botellón: esa práctica tan denostada por unos como amada por otros. Los jovenzuelos moradores de la zona del INEM, los chavales, exiliados del ya edificado solar de los Cortijos y demás fauna urbana local, debieran saber alguna cosa que otra, en favor de su incipiente economía:

a)la Ordenanza se llama “de la Convivencia y el Ocio” y el enlace del boletín es http://www.dipucr.es/cgi-bin/mainbin/index.pl?action=caltopic&zona=documento&seccion=1&dia=29&mes=03&ano=2006&imprimir= (paginas 22 a 25)

b) ¿Por qué podemos beber en el INEM? El artículo 15, prohíbe el consumo de alcohol en la calle...siempre y cuando el Ayuntamiento (si, si, sí, el Excelentisimo), no diga lo contrario o no habilite un lugar a tal efecto. Como la zona conocida como INEM, no está expresamente prohibida, se cumple la máxima de –lo que no está prohibido, está permitido-, y gracias a esta gilipollez jurídica, podemos hacer botellón en el INEM

c) ¿Y si llueve y me quiero ir a un soportal? Pues que te multan igualmente por no estar en el INEM. Y, si la última copa me la voy tomando de camino a la calle Hidalgos, me intercepta un policía local y me multa, ¿me aguanto? Pues sí, porque ya estás fuera del INEM. Esta conducta ha sido especialmente multada últimamente. Nuestros simpáticos policias locales se apoltronan entre la calle Murallas y la calle la Mata para saciar sus instintos C.S.I.

d) ¿A cuanto asciende la multa? Por ser la primera, de 50 a 150 €, lo normal suele ser 60 €, si reincides en menos de un año, ¡ojo!, la sanción te sube de 150 € a 300 €, lo cual hace poco rentable la tan noble práctica del botellón.

En principio, bajo mi experiencia, estas son las típicas sanciones que sufren los jóvenes de Ciudad Real. Si sois “victimas” de otras recetas de la Policía Local y consideráis que son habituales, consultádmelas y ampliaré este breve artículo.

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1 comentario:

Alfonso dijo...

Por fin el legislador actúa decididamente en favor del bienestar del ciudadano. Cumpliendo así el mandato constitucional de proteger la salud de los españoles, se ha puesto fin (relativamente) a esa odiosa práctica del tumulto-botellón. ¿Qué explicación hay a que un grupo, que actúa despersonalizado bajo el paraguas de la masa, perturbe tan grávemente la vida de las personas? Mi paracer es más radical que lo emprendido hasta ahora. Considero que aquellos que reiteradamente atentan contra los demás con sus gritos y algaradas, merecen todo el castigo que una sociedad les puede infligir. Su comportamiento encaja a la prefección en el tipo penal establecido para castigar las lesiones. Mano dura y a beber a casa, o al bar, como siempre se ha hecho. Y lo llaman libertad.